La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le negó el amparo que solicitó Luis de Llano por daño moral en su contra mantuvo la condena civil que le habían impuesto por su relación sexoafectiva con Sasha cuando ella tenía 14 años y él 39. El 26 de septiembre de 2023 la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de México dictó en contra de De Llano una condena en la que le ordenaron reparar el daño, dar una disculpa pública, tomar un curso especializado en prevención de conductas de abuso sexual y no volver a mencionar a Sasha Sokol ni dar declaraciones sobre ella ni lo que vivieron. Aunque la acción delictuosa de estupro ya ha prescrito, con esta resolución se mantiene el criterio de que el daño civil debe ser pronunciado como imprescriptible. Al respecto la cantante se pronunció de la siguiente manera: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó por unanimidad la condena en contra de Luis de Llano al probarse que cometió abuso sexual.La Corte le ha negado el amparo. Ya no existe una instancia más alta en la justicia mexicana: deberá aceptar las consecuencias de sus actos.Esta sentencia trasciende por mucho mi caso personal y abre la vía del juicio civil para otras víctimas, ya que la Primera Sala de la SCJN ha declarado la imprescriptibilidad de la acción civil en casos de abuso sexual de menores. Desde ahora, cuando esté lista, cada víctima podrá acceder a la justicia y a la verdad.Ninguna sentencia, por sí sola, tiene la capacidad de reparar tanto daño, pero valoro profundamente que el proyecto del Ministro Jorge Pardo Rebolledo valide el proceso quevivimos las víctimas al reconocer que:“…en casos de abuso sexual en contra de menores existen tres problemas para efectos de la prescripción…: (i) el paso del tiempo necesario para que la víctima asimile los hechos e identifique plenamente su carácter de víctima; (ii) el paso del tiempo para entender que determinados daños fueron causados por la violencia sexual; y (iii) la lucha interna que existe en las y los sobrevivientes para tomar valor y acudir a las instancias judiciales…” Y establece que la prescripción realmente representa una sanción para la víctima si no demanda en un plazo determinado, considerando que: “… son víctimas de violencia sexual sobre hechos que acontecieron cuando eran menores de edad y que causaron secuelas gravísimas en sus mentes que no terminan de desarrollarse o entender hasta que pasa el tiempo y cuentan con madurez, redes de apoyo o cualquier situación que permita comprender lo que sucedió”.A los catorce años no tuve herramientas para comprender lo que me estaba pasando, mucho menos para defenderme.El abuso de Luis también sucedió al manipular la verdad con declaraciones falsas como que mis papás estaban de acuerdo, o incluso mintiendo ante el juzgado al declarar que la relación no había existido más que “en la mente de una niña fantasiosa”.Por eso la justicia lo ha condenado por el abuso continuo; desde la relación sexual hasta el daño moral que violentó mi dignidad, integridad física, intimidad y honor.Llevar las cosas hasta aquí me ha devuelto la capacidad de acción. Hoy tengo en mis manos las riendas de mi vida y puedo cuidarme. Estabilizar la verdad es el principio de la reparación”.De tal manera no pudo defenderse lo indefendible.